First Posted: Dec 15, 2015 11:42 AM EST
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El nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal entró en vigor este martes 15 de diciembre, presentado por el mandatario local, Miguel Ángel Mancera y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, tiene como base la Ley de Movilidad del DF, en la que el peatón es el actor principal en las vialidades, seguido por los ciclistas y dejando en tercer plano a los agentes que se desplazan en transportes motorizados.

A continuación te presentamos algunas de las obligaciones, prohibiciones y multas del nuevo Reglamento de Tránsito del DF:

A partir del artículo 5 incluye reglas para los peatones.

PEATONES

Deben ceder el paso a vehículos de emergencia cuando estos circulen con las señales luminosas y audibles en funcionamiento.

A partir del artículo 7 se apuntan las normas generales para la circulación de vehículos.

CICLISTAS

  • Tienen prohibido circular sobre las aceras, con excepción de los menores de 12 años y los elementos de seguridad pública

  • Pueden circular entre carriles cuando el tránsito se encuentre detenido y el ciclista busque colocarse en un área de espera o en un lugar visible para reiniciar la marcha.

Los peatones y ciclistas que no cumplan con las obligaciones serán amonestados verbalmente por los elementos de Tránsito.

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AUTOMÓVILES

  • Utilizar teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento amerita una multa de hasta 2,446 pesos.

  • Transportar mayor número de personas que el señalado en la tarjeta de circulación será castigado con 699 pesos.

  • Circular sin licencia o permiso de conducir tendrá una multa de hasta 1,398 pesos y remisión del auto al corralón.

  • No respetar el programa Hoy No Circula será sancionado con 2,097 pesos y remisión del auto al corralón.

  • Utilizar claxon para un fin diferente al de evitar un hecho de tránsito, así como provocar ruido excesivo con el motor tendrá una multa de 699 pesos.

  • Al transitar por zonas escolares se debe disminuir la velocidad y extremar precauciones, y ceder el paso a los escolares, de lo contrario se castigará con 1,398 pesos.

  • Por exceder los límites de velocidad en vías de acceso controlado, de 80 km/h; en vías primarias, 50 km/h; y en vías secundarias, de 40 km/h, la penalización alcanzará los 1,398 pesos.

  • Por participar y organizar arrancones la multa será de 2,097 pesos, arresto administrativo de hasta 36 horas y las unidades serán remitidas al corralón.

  • La vuelta continua a la derecha e izquierda está prohibida, excepto cuando exista un señalamiento que lo permita, en cuyo caso deberá cederse el paso a los peatones que estén cruzando y a los vehículos que transiten por la vía a la que se pretende incorporar, de violar esto se multará con 1,398 pesos.

  • En el caso de que los autos invadan la cebra peatonal o el área de espera para bicicletas o motocicletas la pena será de 2,097 pesos.

  • Subir o bajar personas en carriles centrales de las vías de acceso controlado tendrá una pena de 2,097 pesos.

  • Por estacionarse en lugares o cajones destinados al estacionamiento de vehículos que transporten o sean conducidos por personas con discapacidad, la multa llegará a los 2,097 pesos.

MOTOCICLETAS

  • Deberán utilizar un carril completo o rebasar por el lado izquierdo, de lo contrario alcanzarán una multa de 699 pesos.

  • Por circular en la ciclovía obtendrán una penalización de 2,097 pesos.

  • En todo momento deberán circular con las luces traseras y delanteras encendidas, de lo contrario tendrán una sanción de 699 pesos.

  • No podrán exceder el número de personas para las que exista plaza disponible, si no tendrán una multa de 1,398 pesos.

  • El conductor y su pasajero deberán portar el casco de seguridad, o alcanzarán una pena de 1,398 pesos y la unidad será remitida al corralón.

TRANSPORTE PÚBLICO

  • Subir o bajar pasaje en el segundo o tercer carril de circulación será penalizado con 13,982 pesos.

  • En caso de circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado, a menos que esté autorizado, alcanzarán una multa de 2,796 pesos.

  • Utilizar equipos de audio a niveles de volumen que resulten dañinos a la salud o molestos a los pasajeros tendrá una multa de 1,398 pesos.

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Los nuevos lineamientos establecidos entrarán en vigor en 120 días naturales y, en algunos casos será hasta el primero de enero de 2016, la multa más alta del reglamento es de 42 mil pesos.

Puedes leer aquí el reglamento en su totalidad:

   REGLAMENTO DF.pdf


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